23 octubre 2008

URUGUAY y MÉXICO: En Uruguay y en México, menores transexuales podrían cambiar de nombre y sexo en sus documentos

Fuente: AGMagazine-.
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* La iniciativa uruguaya forma parte del proyecto de ley de derecho a la identidad de género, que la comisión de Población del Senado votará en noviembre

* En tanto en México se propuso que los hospitales del Distrito Federal realicen cirugías de reasignación sexual a niños y niñas con disforia de género.

Aun siendo menor de edad, una persona podrá tramitar el cambio de nombre y sexo ante el Registro Civil uruguayo si se aprueba un proyecto de ley a estudio del Senado de ese país. Y el trámite ni siquiera exige autorización de los padres.

Se trata de uno de los artículos del proyecto de ley de derecho a la identidad de género, que la comisión de Población del Senado de Uruguay votará en noviembre y permite, por ejemplo, que una travesti pueda llevar el nombre de mujer en sus documentos, y lo mismo para un hombre transexual (nacido biológicamente como mujer). En cualquier caso no se condiciona el cambio registral a la cirugía de reasignación sexual.

La comisión espera una respuesta a consultas realizadas a la Suprema Corte de Justicia y al Ministerio de Educación y Cultura (MEC), luego de que en una de las últimas sesiones se aceptó un planteo del Partido Nacional para dar más garantías al proceso de modificación del nombre y sexo en la cédula de identidad, el pasaporte y la credencial cívica.

Ahora se apunta a que el veredicto final lo dé la Justicia y no el Ejecutivo de turno, como indicaba el proyecto original de la bancada frenteamplista. Pero uno de los puntos que hasta ahora había quedado fuera del debate público es que el proyecto permite a los menores de edad la "rectificación provisoria" de todos los documentos, con la condición de que su voluntad de cambio de nombre y sexo debe ser ratificada ante el Registro Civil una vez que la persona cumpla 18 años de edad, en el entendido de que "toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad conforme a su propia identidad de género". Así, los menores podrán solicitar la rectificación de la mención registral de su nombre y sexo, si no coincide con su identidad de género. El proyecto no menciona que deba pedirse autorización a los padres del menor, aunque eso también depende de si finalmente se acuerda que los casos de los menores también sean decididos por un juez.

NIÑOS Y NIÑAS TRANS DEL DF

En tanto, el Partido Socialdemócrata en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (DF) de México, presentó una iniciativa de reformas a la Ley de Salud para que los hospitales del DF realicen cirugías de cambio de sexo a las personas que lo soliciten.

La propuesta abre la puerta para que un o una menor transexual pueda recurrir a los tratamientos hormonales e incluso quirúrgicos para la reasignación sexogenérica, siempre y cuando cuente con consentimiento de sus padres o tutores.

Al respecto, la diputada socialdemócrata Carla Sánchez Armas García explicó que la iniciativa establece que aquellas personas que deseen cambiar de sexo deberán aprobar el protocolo establecido por la World Professional Association for Transgeder Health (WPATH), el cual contempla tres años de tratamientos hormonales y psicológicos para, posteriormente, someterse a la operación quirúrgica.

"Los primeros dos años son de terapia para descartar trastornos psiquiátricos o psicológicos que pudieran confundirse con transexualidad. En el tercer año, las personas deberán realizar la prueba de vida, la cual consiste en vivir 24 horas del día, todos los días, en el rol del género que desea asumir".

Más adelante, Sánchez Armas García detalló que la Secretaría de Salud capitalina cuenta con cuatro hospitales donde se pueden realizar este tipo de cirugías que son el de La Villa, Xoco, Balbuena y Rubén Leñero.

Asimismo, destacó que para realizar este tipo de procedimientos no se requiere de un presupuesto muy elevado, ya que, dijo, de acuerdo con las estimaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, el costo por implementación será de 350 mil pesos por el total de operaciones que se pudieran realizar durante un año.

Del mismo modo, la iniciativa establece que los médicos y personal auxiliar del Sistema de Salud podrán ejercer su derecho de objeción de conciencia para evitar realizar una cirugía de cambio de sexo, ante lo cual, los hospitales públicos y privados tendrán la obligación de contar con recursos humanos y materiales suficientes para garantizar los derechos de las personas transexuales o transgénero.

Los nosocomios deberán ofrecer asistencia psicológica a quienes deseen someterse a un tratamiento de reasignación sexogenérica, desde el momento en que hace la solicitud y hasta que concluya el proceso.

En tanto, el Jefe de Gobierno deberá instruir -en un plazo no mayor a 15 días, contados a partir de la publicación del decreto- al personal médico sobre el procedimiento a seguir para las cirugías de cambio de sexo.

Con info de El País (Uruguay) y Crónica de Hoy (México)

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