Fuente: La República (Corrientes, Argentina)-.
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Médicos ya se oponen diferenciando estado psicológico de enfermedad
La utilización de este término, en el fundamento de la sentencia que permitió la cirugía y el cambio de género en el Registro Civil, podría leerse como el reconocimiento del derecho a adaptar el sexo físico al psicológico, es decir, el derecho a la transexualidad.
El fallo que autorizó a una niña que poseía órganos reproductivos femeninos pero características genitales masculinas a ser operada y que se rectifique su identidad abrió la puerta a la polémica. Es que hay quienes ven en los argumentos de la Justicia una puerta abierta para que quienes tengan un sexo biológico y “se sientan” de otro puedan acceder a una cirugía de cambio de sexo.
Uno de los primeros en expresarse en este sentido fue el abogado Marcelo Midón, quien resaltó que el hecho de que la jueza reconozca como derecho superior y supremo el de la identidad sexual, ligado al de la identidad, permitiría al menos la discusión acerca de las personas que aseguran que su biología no corresponde con la identidad que sienten como propia.
“En la Argentina actualmente la operación de cambio de sexo no está permitida. Quienes quieren acceder a la cirugía hoy deben viajar a Chile o a otros países, pero se les sigue negando el cambio de identidad en el documento nacional de identidad. Este fallo podría venir a cambiar todo”, señaló.
Alfredo Revidatti, médico integrante del Comité de Ética del hospital Vidal disiente desde la base con este argumento. “No puede jamás ser lo mismo, porque una cosa es una enfermedad, como la que tiene la niña, y otra muy diferente es querer cambiar lo que la naturaleza manda por una cuestión psicológica. Y lo digo sin ánimo de ofender, porque hay quienes dicen que la homosexualidad constituye un tercer sexo, pero en la biología, en la naturaleza, sólo existen dos para los seres humanos” (*1), resaltó.
Revidatti rechazó la idea de identidad sexual, basando sus argumentos en lo biológico. “Genéticamente uno es hombre o es mujer. Esta nena tenía una enfermedad particular, que sumaba a un organismo genéticamente femenino partes de órganos externos masculinos, pero nunca dejó de ser genéticamente una mujer. Lo que se hizo fue adaptar su identidad y su apariencia a su genética, y en este sentido jamás la situación puede ser comparable con la de una persona que quiere cambiar su sexo biológico para adaptarlo al que cree que tiene que tener”, se explayó.
El análisis de Revidatti identifica el concepto de “identidad sexual” presentado entre los argumentos de la jueza, con el de “identidad de género genético”. Entendido así, “la única forma que me parece que la situación sería comparable es que se establezca por un medio legal o similar, que el pertenecer biológicamente a un género y sentirse perteneciente al otro constituye una enfermedad, y que como tal debe ser tratada. De cualquier otra manera, simplemente se trata de una voluntad del ser humano, de reclamar la libertad de elegir su sexo biológico, y eso hoy no está contemplado ni por las leyes ni por la ética médica en la Argentina”, motivo por el cual, la discusión incluso sería estéril al entender del profesional. “Son cuestiones de puntos de vista. Lo que es interesante en este contexto es este reconocimiento al derecho de identidad sexual, y en los términos en que lo hace, ya que resalta que existe ‘aunque la ley no lo reconozca’. Puede que la jueza lo haya puesto como al pasar, pero las implicancias que este fallo tiene trascienden el caso, y abren un nuevo abanico de posibilidades para la discusión sobre todo para las personas que hace años reclaman el derecho, la posibilidad, de adaptar su biología a su sentir”, expresó Marcelo Midón. La polémica recién empieza, y seguramente cientos de personas aportarán al debate.
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Nota personal: (*1)"....Y lo digo sin ánimo de ofender, porque hay quienes dicen que la homosexualidad constituye un tercer sexo, pero en la biología, en la naturaleza, sólo existen dos para los seres humanos".
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Médicos ya se oponen diferenciando estado psicológico de enfermedad
La utilización de este término, en el fundamento de la sentencia que permitió la cirugía y el cambio de género en el Registro Civil, podría leerse como el reconocimiento del derecho a adaptar el sexo físico al psicológico, es decir, el derecho a la transexualidad.
El fallo que autorizó a una niña que poseía órganos reproductivos femeninos pero características genitales masculinas a ser operada y que se rectifique su identidad abrió la puerta a la polémica. Es que hay quienes ven en los argumentos de la Justicia una puerta abierta para que quienes tengan un sexo biológico y “se sientan” de otro puedan acceder a una cirugía de cambio de sexo.
Uno de los primeros en expresarse en este sentido fue el abogado Marcelo Midón, quien resaltó que el hecho de que la jueza reconozca como derecho superior y supremo el de la identidad sexual, ligado al de la identidad, permitiría al menos la discusión acerca de las personas que aseguran que su biología no corresponde con la identidad que sienten como propia.
“En la Argentina actualmente la operación de cambio de sexo no está permitida. Quienes quieren acceder a la cirugía hoy deben viajar a Chile o a otros países, pero se les sigue negando el cambio de identidad en el documento nacional de identidad. Este fallo podría venir a cambiar todo”, señaló.
Alfredo Revidatti, médico integrante del Comité de Ética del hospital Vidal disiente desde la base con este argumento. “No puede jamás ser lo mismo, porque una cosa es una enfermedad, como la que tiene la niña, y otra muy diferente es querer cambiar lo que la naturaleza manda por una cuestión psicológica. Y lo digo sin ánimo de ofender, porque hay quienes dicen que la homosexualidad constituye un tercer sexo, pero en la biología, en la naturaleza, sólo existen dos para los seres humanos” (*1), resaltó.
Revidatti rechazó la idea de identidad sexual, basando sus argumentos en lo biológico. “Genéticamente uno es hombre o es mujer. Esta nena tenía una enfermedad particular, que sumaba a un organismo genéticamente femenino partes de órganos externos masculinos, pero nunca dejó de ser genéticamente una mujer. Lo que se hizo fue adaptar su identidad y su apariencia a su genética, y en este sentido jamás la situación puede ser comparable con la de una persona que quiere cambiar su sexo biológico para adaptarlo al que cree que tiene que tener”, se explayó.
El análisis de Revidatti identifica el concepto de “identidad sexual” presentado entre los argumentos de la jueza, con el de “identidad de género genético”. Entendido así, “la única forma que me parece que la situación sería comparable es que se establezca por un medio legal o similar, que el pertenecer biológicamente a un género y sentirse perteneciente al otro constituye una enfermedad, y que como tal debe ser tratada. De cualquier otra manera, simplemente se trata de una voluntad del ser humano, de reclamar la libertad de elegir su sexo biológico, y eso hoy no está contemplado ni por las leyes ni por la ética médica en la Argentina”, motivo por el cual, la discusión incluso sería estéril al entender del profesional. “Son cuestiones de puntos de vista. Lo que es interesante en este contexto es este reconocimiento al derecho de identidad sexual, y en los términos en que lo hace, ya que resalta que existe ‘aunque la ley no lo reconozca’. Puede que la jueza lo haya puesto como al pasar, pero las implicancias que este fallo tiene trascienden el caso, y abren un nuevo abanico de posibilidades para la discusión sobre todo para las personas que hace años reclaman el derecho, la posibilidad, de adaptar su biología a su sentir”, expresó Marcelo Midón. La polémica recién empieza, y seguramente cientos de personas aportarán al debate.
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Nota personal: (*1)"....Y lo digo sin ánimo de ofender, porque hay quienes dicen que la homosexualidad constituye un tercer sexo, pero en la biología, en la naturaleza, sólo existen dos para los seres humanos".
Yo tampoco voy a escribir sin ánimo de ofender, pero por favor que este médico le revisen sus estudios médicos, ¿De que tercer sexo habla? Vamos por Dios!! si la homosexualidad ya hace años que no entra en el DMS IV (Manual de Desordenes Mentales- Revisión IV) desde hace más de una década, y por otra parte "LA ORIENTACIÓN SEXUAL", es decir la homosexualidad, NO TIENE NADA QUE VER CON "LA IDENTIDAD DE GÉNERO", es decir como se percibe una persona, su identidad, en su sentir, así un hombre que siente ser hombre tiene su propia "IDENTIDAD DE GÉNERO", de hombre en este ejemplo, de la misma manera que una mujer nacida varón y siente ser mujer y se percibe como mujer tiene su propia "IDENTIDAD DE GÉNERO", en este caso de mujer. Por favor que la Sanidad Pública Argentina, le "recicle" a este médico, o que lo echen porque desvaría, el sÍ que está enfermo...Eso sí lo he escrito sin ánimo de ofender...
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