Enviado a redación por: Lala Mújica Flores, Licenciada en Sociología y Psicología. Cofundadora y Directora de Aldarte.
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LA FELGTB PARALIZA LA PRESENTACION DE UNA PROPOSICION NO DE LEY PARA ELIIMINAR EL REQUISITO DE DOS AÑOS DE HORMONACION DE LA LEY DE CAMBIO REGISTRAL DEL NOMBRE PARA LAS PERSONAS TRANSEXUALES
El pasado marzo, durante la campaña electoral a Elecciones Generales de España grupos LGTB de la Comunidad Autónoma Vasca mantuvimos una reunión con el Partido Nacionalista Vasco (PNV). En dicho encuentro, entre otros temas, manifestamos los muchos problemas que considerábamos tenía el requisito de dos años de hormonación para poder iniciar el proceso de cambio de nombre en el registro civil para las personas transexuales.
Como resultado de la misma este partido adquirió el compromiso de presentar una enmienda a la Ley (Ley 3/2007 de 15 de marzo) Reguladora de la Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Este compromiso fue adquirido por el PNV tras comprobar la postura unánime que manteníamos los grupos LGTB presentes en dicha reunión (ALDARTE, EHGAM, GEHITU, HEGOAK)
De acuerdo con este compromiso el PNV elaboró una Proposición no de Ley presentada el 18 de junio de 2008 en el Congreso de los Diputados y en la que se instaba al Gobierno a presentar ante las Cortes un proyecto de modificación de la Ley 3/2007, de 15 de marzo reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas suprimiendo el apartado b) del punto 1 del artículo 4 así como la última frase del punto 2 del artículo 4 de la citada ley.
Esta proposición no de Ley iba a ser presentada y debatida en el Congreso el pasado 24 de septiembre, pero no llegó, siquiera, a este trámite porque unos días antes empezaron los movimientos para paralizar dicha presentación y posterior debate. La cronología de hechos sucedió de la siguiente manera:
-Fin de semana 20-21 de septiembre: un representante de GEHITU llama al PNV para preguntar por la iniciativa de la Proposición no de Ley: que de dónde sale esa iniciativa y que desde su entidad no se sabe nada.
-22 de septiembre: Toni Poveda (presidente de la FELGTB) llama por teléfono a Josu ErKoreKa (portavoz del Grupo Parlamentario Vasco EAJ-PNV) para comentarle la necesidad de retirar la Proposición no de Ley debido a que, por una parte, la eliminación del requisito de dos años no constituye una prioridad principal de los grupos LGTB, y por otra, que existe una división entre los mismos sobre la conveniencia o no de retirar este requisito.
-24 de septiembre: PSOE se pone con el PNV en contacto horas antes de que presente la Proposición no de Ley, pidiéndole que la retire y pactando en contrapartida la realización de un informe que analice la conveniencia de tal cambio en la Ley 3/2007 de 15 de marzo
El resultado de estos contactos fue, para nuestra indignación, la retirada definitiva de la Proposición no de Ley por parte del PNV y la aprobación, en su lugar, de una enmienda transaccional por la que “El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a abordar un estudio, con la consulta a expertos y colectivos interesados, sobre la necesidad de mantener el requisito, establecido en el artículo 4 de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, de someterse a un tratamiento médico previo de dos años para acomodar las características físicas a las correspondientes al sexo reclamado, presentando, en su caso, las oportunas propuestas de modificación de la mencionada Ley.”
No queremos en esta carta evaluar la actitud del PSOE y el PNV respecto a la enmienda, ya se hará en otros espacios y en su momento. Queremos centrarnos en la postura de la FELGTB, ya que nos parece, con mucho, partidista, cobarde y contradictoria respecto a los intereses de colectivos cuyos derechos dice defender, en especial, con las personas trans. quienes son las que tienen que soportar condiciones y requisitos absurdos e injustos, como es este de tener que pasar dos años de hormonación para poder cambiar el nombre en su DNI.
Las entidades firmantes queremos hacer unas cuantas preguntas a la FELGTB.
1.¿Cuáles son las razones reales de su oposición a una Proposición que fue hecha para mejorar la Ley 3/2007 de 15 de marzo y, en consonancia, las condiciones en las que en la actualidad tienen que realizar los trámites de cambio de nombre las personas trans?
2.¿Le parece adecuado a la FELGTB el requisito de dos años de hormonación para que las personas trans. puedan acceder al cambio de nombre en el DNI? Si es así, nos gustaría saber por qué, ya que los grupos firmantes entendemos que este requisito se contradice con el espíritu de la propia Ley 3/2007 de 15 de marzo, la cual entre sus razonamientos persigue el reconocimiento del sexo psicológico de las personas trans. independientemente de su sexo biológico, lo que hace que el requisito de dos años de hormonación (un requisito de carácter biológico) no tenga, en si, sentido.
3.¿Es consciente la FELGTB de los esfuerzos y trabajos que han supuesto a los colectivos de Euskadi llegar a este tipo de compromisos con un partido, como es el PNV, históricamente tan reacio a compartir espacios comunes y a asumir compromisos políticos y sociales con el colectivo LGTB? La reunión antes mencionada ha sido, hasta la fecha, una de las pocas mantenidas por colectivos LGTB y dirigentes del PNV, en las que estos se mostraron receptivos a nuestras preocupaciones, entre las que sí están los problemas que da la existencia del requisito de dos años de hormonación exigido a las personas trans. para cambiarse de nombre en el DNI.
4.¿Por qué la FELGTB no se ha puesto en contacto con todos los colectivos LGTB de Euskadi antes de tomar la decisión de paralizar la presentación de la Proposición no de Ley? No nos cabe duda de que le hubiera hecho falta para conocer el origen de tal iniciativa por parte del PNV y la unanimidad de opiniones que por nuestra parte había ante la misma (incluyendo el representante de GEHITU presente en la reunión entre grupos LGTB y dirigentes del PNV).
5.Respecto al informe que han pactado el PSOE y el PNV ¿Cree realmente la FELGTB que es necesario la realización de un informe que estudie la conveniencia o no de reformar en este punto la Ley? ¿No tiene constancia la FELGTB de que el requisito de dos años de hormonación, junto a otros, constituye un elemento de la ley muy puesto en cuestión por numerosas entidades trans. y lesgays no sólo de Euskadi sino del resto de España? Desde nuestro punto de vista entendemos que es una manera de salir del paso ante una iniciativa que no parece conveniente por motivos políticos partidistas en los que no se toman en cuenta los beneficios que conlleva para hombres y mujeres trans. la eliminación de este requisito.
Los colectivos firmantes de este escrito y que estuvimos presentes en la reunión de marzo con el PNV, queremos dejar bien claro nuestra indignación ante la postura mantenida por la FELGTB que no ha hecho más que retrasar por unos cuantos años una reforma de la Ley de 3/2007 de 15 de marzo, necesaria e inevitable y que sin duda se dará en un futuro.
Bilbao a 12 de octubre de 2008
Entidades Firmantes:
ALDARTE “Centro de atención a gays, lesbiana s y transexuales”
EHGAM (Euskal Herriko Gay Askapen Mugimendua)
HEGOAK, Asociación de gays, lesbianas, transexuales y bisexuales de Euskadi
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LA FELGTB PARALIZA LA PRESENTACION DE UNA PROPOSICION NO DE LEY PARA ELIIMINAR EL REQUISITO DE DOS AÑOS DE HORMONACION DE LA LEY DE CAMBIO REGISTRAL DEL NOMBRE PARA LAS PERSONAS TRANSEXUALES
El pasado marzo, durante la campaña electoral a Elecciones Generales de España grupos LGTB de la Comunidad Autónoma Vasca mantuvimos una reunión con el Partido Nacionalista Vasco (PNV). En dicho encuentro, entre otros temas, manifestamos los muchos problemas que considerábamos tenía el requisito de dos años de hormonación para poder iniciar el proceso de cambio de nombre en el registro civil para las personas transexuales.
Como resultado de la misma este partido adquirió el compromiso de presentar una enmienda a la Ley (Ley 3/2007 de 15 de marzo) Reguladora de la Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Este compromiso fue adquirido por el PNV tras comprobar la postura unánime que manteníamos los grupos LGTB presentes en dicha reunión (ALDARTE, EHGAM, GEHITU, HEGOAK)
De acuerdo con este compromiso el PNV elaboró una Proposición no de Ley presentada el 18 de junio de 2008 en el Congreso de los Diputados y en la que se instaba al Gobierno a presentar ante las Cortes un proyecto de modificación de la Ley 3/2007, de 15 de marzo reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas suprimiendo el apartado b) del punto 1 del artículo 4 así como la última frase del punto 2 del artículo 4 de la citada ley.
Esta proposición no de Ley iba a ser presentada y debatida en el Congreso el pasado 24 de septiembre, pero no llegó, siquiera, a este trámite porque unos días antes empezaron los movimientos para paralizar dicha presentación y posterior debate. La cronología de hechos sucedió de la siguiente manera:
-Fin de semana 20-21 de septiembre: un representante de GEHITU llama al PNV para preguntar por la iniciativa de la Proposición no de Ley: que de dónde sale esa iniciativa y que desde su entidad no se sabe nada.
-22 de septiembre: Toni Poveda (presidente de la FELGTB) llama por teléfono a Josu ErKoreKa (portavoz del Grupo Parlamentario Vasco EAJ-PNV) para comentarle la necesidad de retirar la Proposición no de Ley debido a que, por una parte, la eliminación del requisito de dos años no constituye una prioridad principal de los grupos LGTB, y por otra, que existe una división entre los mismos sobre la conveniencia o no de retirar este requisito.
-24 de septiembre: PSOE se pone con el PNV en contacto horas antes de que presente la Proposición no de Ley, pidiéndole que la retire y pactando en contrapartida la realización de un informe que analice la conveniencia de tal cambio en la Ley 3/2007 de 15 de marzo
El resultado de estos contactos fue, para nuestra indignación, la retirada definitiva de la Proposición no de Ley por parte del PNV y la aprobación, en su lugar, de una enmienda transaccional por la que “El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a abordar un estudio, con la consulta a expertos y colectivos interesados, sobre la necesidad de mantener el requisito, establecido en el artículo 4 de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, de someterse a un tratamiento médico previo de dos años para acomodar las características físicas a las correspondientes al sexo reclamado, presentando, en su caso, las oportunas propuestas de modificación de la mencionada Ley.”
No queremos en esta carta evaluar la actitud del PSOE y el PNV respecto a la enmienda, ya se hará en otros espacios y en su momento. Queremos centrarnos en la postura de la FELGTB, ya que nos parece, con mucho, partidista, cobarde y contradictoria respecto a los intereses de colectivos cuyos derechos dice defender, en especial, con las personas trans. quienes son las que tienen que soportar condiciones y requisitos absurdos e injustos, como es este de tener que pasar dos años de hormonación para poder cambiar el nombre en su DNI.
Las entidades firmantes queremos hacer unas cuantas preguntas a la FELGTB.
1.¿Cuáles son las razones reales de su oposición a una Proposición que fue hecha para mejorar la Ley 3/2007 de 15 de marzo y, en consonancia, las condiciones en las que en la actualidad tienen que realizar los trámites de cambio de nombre las personas trans?
2.¿Le parece adecuado a la FELGTB el requisito de dos años de hormonación para que las personas trans. puedan acceder al cambio de nombre en el DNI? Si es así, nos gustaría saber por qué, ya que los grupos firmantes entendemos que este requisito se contradice con el espíritu de la propia Ley 3/2007 de 15 de marzo, la cual entre sus razonamientos persigue el reconocimiento del sexo psicológico de las personas trans. independientemente de su sexo biológico, lo que hace que el requisito de dos años de hormonación (un requisito de carácter biológico) no tenga, en si, sentido.
3.¿Es consciente la FELGTB de los esfuerzos y trabajos que han supuesto a los colectivos de Euskadi llegar a este tipo de compromisos con un partido, como es el PNV, históricamente tan reacio a compartir espacios comunes y a asumir compromisos políticos y sociales con el colectivo LGTB? La reunión antes mencionada ha sido, hasta la fecha, una de las pocas mantenidas por colectivos LGTB y dirigentes del PNV, en las que estos se mostraron receptivos a nuestras preocupaciones, entre las que sí están los problemas que da la existencia del requisito de dos años de hormonación exigido a las personas trans. para cambiarse de nombre en el DNI.
4.¿Por qué la FELGTB no se ha puesto en contacto con todos los colectivos LGTB de Euskadi antes de tomar la decisión de paralizar la presentación de la Proposición no de Ley? No nos cabe duda de que le hubiera hecho falta para conocer el origen de tal iniciativa por parte del PNV y la unanimidad de opiniones que por nuestra parte había ante la misma (incluyendo el representante de GEHITU presente en la reunión entre grupos LGTB y dirigentes del PNV).
5.Respecto al informe que han pactado el PSOE y el PNV ¿Cree realmente la FELGTB que es necesario la realización de un informe que estudie la conveniencia o no de reformar en este punto la Ley? ¿No tiene constancia la FELGTB de que el requisito de dos años de hormonación, junto a otros, constituye un elemento de la ley muy puesto en cuestión por numerosas entidades trans. y lesgays no sólo de Euskadi sino del resto de España? Desde nuestro punto de vista entendemos que es una manera de salir del paso ante una iniciativa que no parece conveniente por motivos políticos partidistas en los que no se toman en cuenta los beneficios que conlleva para hombres y mujeres trans. la eliminación de este requisito.
Los colectivos firmantes de este escrito y que estuvimos presentes en la reunión de marzo con el PNV, queremos dejar bien claro nuestra indignación ante la postura mantenida por la FELGTB que no ha hecho más que retrasar por unos cuantos años una reforma de la Ley de 3/2007 de 15 de marzo, necesaria e inevitable y que sin duda se dará en un futuro.
Bilbao a 12 de octubre de 2008
Entidades Firmantes:
ALDARTE “Centro de atención a gays, lesbiana s y transexuales”
EHGAM (Euskal Herriko Gay Askapen Mugimendua)
HEGOAK, Asociación de gays, lesbianas, transexuales y bisexuales de Euskadi
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